Ventajas e inconvenientes de la SL de Formación Sucesiva

Como acabamos de añadir un post hablando de la posibilidad de crear una SL sin el capital de los 3.000 euros, queríamos completarlo con este siguiente donde os hablamos de las Ventajas e inconvenientes de la SL de Formación Sucesiva .

Ventajas

 

Queremos, dentro de la enumeración de las Ventajas e inconvenientes de la SL de formación sucesiva comenzar relacionando las buenas noticias:

 

  • Modalidad apropiada para la pequeña y mediana empresa, con socios perfectamente identificados e implicados en el proyecto con ánimo de permanencia. Régimen jurídico más flexible que las sociedades anónimas.
  • La responsabilidad de los socios por las deudas  sociales está limitada a las aportaciones a capital.
  • Libertad de la denominación social.
  • Gran libertad de pactos y acuerdos entre los socios.
  • Capital social mínimo muy reducido y no existencia de capital máximo.
  • No existe porcentaje mínimo ni máximo de capital por socio.
  • Posibilidad de aportar el capital en bienes o dinero.
  • No es necesaria la valoración de las aportaciones no dinerarias por un experto independiente, tampoco su intervención o la de un auditor en ampliaciones de capital.
  • Sin límite mínimo ni máximo de socios.
  • Posibilidad de nombrar Administrador con carácter indefinido.
  • Posibilidad de organizar el órgano de administración de diferentes maneras sin modificación de estatutos.
  • Se puede controlar la entrada de personas extrañas a la sociedad.
  • No existe un número mínimo de socios trabajadores.
  • Fiscalidad interesante a partir de determinado volumen de beneficio.
  • Posibilidad de fijar un salario a los socios que trabajen en la empresa, además de la participación en beneficios que le corresponda.

 

Inconvenientes

 

  • Restricción en la transmisión de las participaciones sociales, salvo cuando el adquiriente sea un familiar del socio transmitente.
  • La garantía de los acreedores sociales queda limitada al patrimonio social.
  • Obligatoriedad de llevar contabilidad formal.
  • Complejidad del Impuesto sobre Sociedades.
  • No hay libertad para transmitir las participaciones.
  • Necesidad de escritura pública para la transmisión de participaciones.
  • En cuanto a la gestión, mayores gastos que el empresario individual o las comunidades de bienes o sociedades civiles.
  • Prohibición de competencia al Administrador, salvo autorización de la Junta.
  • Los socios siempre son identificables.
  • No puede emitir obligaciones.
  • No puede cotizar en Bolsa.

 

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