Todo lo que debes saber sobre la presentación de la renta 2019

Todo lo que debes saber sobre la presentación de la renta 2019. Muchos particulares se preguntan cómo proceder ahora a la presentación de la renta de 2019. 

Este artículo pretende resolver todas las dudas que se puedan tener al respecto, así como detallar cómo hacer la renta desde casa y quiénes pueden hacerla.

La campaña de presentación de la renta empezó a inicios del mes de abril. En ese momento, la Agencia Tributaria habilitó unos números de teléfono para llevar a cabo el servicio “Le llamamos”. Servicio mediante al cual se realizan las declaraciones de la renta más sencillas y rápidas. Para así poder ayudar a las personas menos habituadas al uso de las nuevas tecnologías.

Para ello es necesario pedir cita previa y la Agencia te llama. Los números habilitados son el 901 12 12 24 o el 915 35 73 26. Aunque también se puede pedir a través de la web www.agenciatributaria.es. En necesario aporta el DNI o NIE, así como la fecha de validez y el importe de la casilla 505 de la renta de 2018.

No existe, por tanto, un día y una hora en concreto. Simplemente una posible fecha en la que te podrán llamar para llevar a cabo la declaración. En el caso de que no contestes a la llamada, no hay problema por que intentarán contactar contigo en más ocasiones.

¿Qué personas puede realizar la declaración por teléfono?

Existen una serie de requisitos para poder hacer la declaración por teléfono, que se han ampliado por la situación excepcional que estamos viviendo. Así, los requisitos se pueden resumir en cinco aspectos.

En primer lugar, haber obtenido rendimientos de trabajo, tales como pensiones o salarios, o rendimientos de capital, sin ningún límite de importe.

En segundo lugar, haber tenido ganancias o pérdidas patrimoniales que vayan sujetas a una retención o a un ingreso a cuenta. Este año en concreto, además, se admite la declaración telefónica a aquellas personas que hayan obtenido pérdidas o ganancias de hasta dos transmisiones o ventas.

En tercer lugar, haber obtenido rendimientos de capital inmobiliario. En este caso, con el límite de un único inmueble y de un único contrato de arrendamiento.

En cuarto lugar, haber obtenido rendimientos de actividades en módulos con subvenciones. Únicamente serán dos actividades en módulos y no podrán realizarlo si tributan en régimen de estimación directa.

Y, por último, haber imputado en el régimen de rentas inmobiliarias.

De este modo, teniendo claro qué personas pueden realizar su declaración de la rente a través del servicio telefónico de la Agencia Tributaria, cabe conocer qué documentación es necesaria para ello.

El motivo es la agilización del proceso, de modo que, cuando te llamen tengas a mano toda la documentación e información para llevarla a cabo.

En resumen, se necesita, el IBAN de la cuenta bancaria, el recibo del IBI, los importes de cuotas a sindicatos y colegios profesionales, los justificantes de cantidades de seguros cancelados, así como NIF del arrendador si se vive en un mueble alquilado y los recibos de alquiler, entre otros.

En Tu Asesoría en la Nube, ofrecemos este servicio de declaración de la renta. Solo tienes que ponerte en contacto con nuestro equipo de asesores.

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