El modelo 309 es un formulario de Hacienda que afecta a los autónomos. Este modelo sirve para ingresar el IVA relacionado a compras europeos que llevas a cabo a lo largo de tu actividad empresarial.
Es de presentación obligatoria, por tanto, para aquellos autónomos que se encuentran en recargo de equivalencia y que llevan a cabo adquisiciones de carácter intracomunitario.
En resumen, los autónomos que deben facturar con IVA más un recargo de equivalencia están exentos de presentar trimestralmente el modelo 303 del IVA. No obstante, sí están obligados a declarar las compras que realiza a algún país de la Unión Europea mediante el modelo 309.
Así, el objetivo de este post es enseñar todo lo que conlleva la presentación de este modelo de IVA. Por un lado, explicaremos cómo rellanarlo y, por otro lado, cómo presentarlo, así como los cambios sufridos por el COVID-19.
¿Cómo se rellena el modelo 309?
Para cumplimentar el modelo 309 se deben seguir una serie de pasos muy sencillos.
Por un lado, recopilar todas las compras que hayas hecho a otros países de Europa durante el trimestre y sumar los importes de cada una de ella para obtener el resultado total.
Además, solicitar una inscripción en el Registro de Operadores Intracomunitarios, también conocido como ROI.
Por otro lado, completar tus datos en el modelo 309. Los datos que debes rellenar son: el NIF, el nombre completo y el período en el que estás declarando las facturas intracomunitarias (primer trimestres, segundo trimestre, tercer trimestre o cuarto trimestre).
Una vez cumplimentado esto, es importante marcar la opción 2, definida como “sujeto pasivo acogido al régimen especial del recargo de equivalencia” del apartado “Situación Tributaria”.
Después, marcar la opción de “adquisición intracomunitaria de bienes” en el apartado de “Hecho Imponible”, siempre que los bienes adquiridos sean materiales. Si se trata de servicios se debe marcar “inversión del sujeto pasivo”.
Y, al final, rellenar el apartado de “Liquidación”, concretamente, la parte de “régimen general” que se refiere al IVA. En este sentido se debe aplicar el tipo de IVA que se aplica a tus compras, así como el recargo de equivalencia. Si el IVA es el 21%, el recargo de equivalencia es 5,2%; si el IVA es del 10%, el recargo de equivalencia es 1,4%; y si el IVA es un 4%, el recargo de equivalencia es 0,8%.
Con todos estos apartados rellenados, aparecerá el resultado final del modelo 309. En él saldrá la cantidad a devolver o a pagar.
¿Cómo presentar el modelo 309?
La presentación del modelo 309 del IVA es muy sencilla y no varía mucho de la presentación de otros modelos.
Lo primero que se debe hacer es acudir a la web de Hacienda, en su sede electrónica.
Después, hay que entrar en la sección de Impuestos y tasas, para, a continuación, entrar en el apartado de IVA. Allí, hay que clicar en “Modelo 309. IVA. Declaración y liquidación no periódica”.
Lo siguiente es elegir entre dos opciones en la zona de “Trámites”:
Por un lado, puedes seleccionar el apartado de “Presentación ejercicio actual y siguientes” para poder presentar el modelo de forma telemática. La presentación telemática requerirá una identificación con clave PIN o certificado electrónico.
Y, por otro lado, selecciona la opción de “Formulario del modelo 309 para su presentación”. Esta es la elección si quieres presentar el modelo en papel en cualquiera de las delegaciones de Hacienda.
Una vez elegida una de las dos opciones anteriores, sólo queda entrar en el modelo de IVA, rellenar los datos que hemos señalado previamente y seleccionar la forma de pago.
El modelo 309 no se puede domiciliar, por lo que para presentarlo de forma telemática se debe utilizar un código NRC. Pero, ¿cómo se obtiene este código?
Es muy sencillo. A través de tu propio banco, tendrás en tu poder el NRC cuando tengas hecho el ingreso del importe a pagar del modelo.
Su presentación, sin embargo, ha sufrido algunos cambios debido al estado de alarma que provocó la pandemia del COVID-19. Durante este estado de alarma, todos los impuestos del trimestre se aplazaron, incluido el modelo 309. Tened en cuenta que el pago del modelo 309 se realiza del 1 al 20, los meses de abril, julio y octubre, y del 1 al 30, del mes de enero.