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¿Puedo deducir los gastos de un coche?. Es una de las cuestiones que más sobrevuela la cabeza de todos los autónomos que tienen que usar un vehículo por cuestiones de trabajo. Y en efecto, pueden deducirse los gastos relacionados con el uso del automóvil.
Según lo que dicta la normativa actual, sí; pero con ciertas condiciones que se deben tener en cuenta, como en todo lo que tiene que ver con el trabajo por cuenta propia.
Las leyes vigentes contemplan incluso la deducción del IVA en la adquisición de automóviles, como también la del IRPF en el repostaje, las reparaciones y otras tantas situaciones tan propias de los coches o las motos.
Vamos a resolver las cuestiones más importantes respecto a este asunto para que sepas, para empezar, qué gastos del automóvil puedes deducir en función de tu actividad, y qué porcentaje total se puede descontar.
¿Qué gastos de mi coche puedo deducir según mi actividad?
Es cierto que los gastos del vehículo se pueden deducir tanto de las declaraciones de IRPF como del IVA si se es un autónomo cuya actividad implica el uso de transporte. Sin embargo, pueden ser deducciones parciales o completas en función de la actividad.
Tal y como dicta la Ley del IVA, por ejemplo, si se usan turismos con remolques, solo se puede deducir la mitad del gasto. Porque, se entiende, solo el 50% se involucra en la actividad profesional.

La clave que dicta el criterio general al respecto es que solo se deducen los gastos en operaciones destinadas a prestar servicios o a realizar entregas de bienes.
Así, aspectos como el gasto de combustible, las reparaciones y revisiones, gastos en parkings, peajes o incluso adquisición del vehículo pueden cubrirse al 50% o al 100%. Siempre y cuando se cumpla con todo lo explicado previamente y se demuestre que el vehículo en cuestión se utiliza solo con fines comerciales.
Afectación total, el desafío con Hacienda
Lo más difícil para cualquier trabajador autónomo es demostrar que su vehículo se utiliza solo para desarrollar la actividad profesional y nunca de manera personal. Esto, que se conoce como afectación al 100% exclusiva. Es algo que puede intentar demostrarse con registros de kilometraje, agendas con visitas a clientes y proveedores y un registro también de los desplazamientos hechos.
Aunque Hacienda puede poner las cosas difíciles en estos casos, existen sentencias dictadas a favor del trabajador, por lo que sí es posible. No obstante, en el caso de haberse registrado en el RETA como un comercial o un transportista, esta cuestión se resuelve con total facilidad.
¿Se pueden deducir los gastos al 100%?
Tanto en el IVA como en el IRPF, se pueden deducir gastos al 100% en los siguientes casos:
- Vehículos usados como servicio de transporte de viajeros.
- Vehículos que se usen para prestar servicios de enseñanza de conductores.
- Vehículos para desplazamientos profesionales de agentes comerciales o representantes.
- Vehículos usados por los fabricantes para realizar pruebas, ensayos o demostraciones.
- Vehículos destinados a servicios de vigilancia.
- Vehículos mixtos para el transporte de mercancías.
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