Dentro del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) se contempla la declaración trimestral para ciertos profesionales, como los autónomos, conocido como modelo 130 y que consiste en el pago fraccionado del impuesto. Esto facilita el pago, ya que, en lugar de liquidarlo de una sola vez, puede hacerse en varias cuotas.
¿Es obligatorio presentar el modelo 130?
Si preguntas en cualquier gestoría online te dirán que este modelo es solo obligatorio para un perfil profesional concreto. Aquellos autónomos que, desarrollando actividades económicas, declaran el IRPF a través de los sistemas de estimación simplificada y normal sí están obligados. Además, los socios de comunidades de bienes o de sociedades civiles que utilicen el mismo sistema tendrán que presentar el modelo 130 de forma individual y según el porcentaje que tengan en el reparto de beneficios.
Además, si la actividad que desarrollan va dirigida a particulares, como pueden ser monitores de gimnasio, detectives, profesores particulares… también están obligados a presentar el modelo.
Sin embargo, están exentos de su presentación y, por tanto, de realizar pagos fraccionados aquellos autónomos que demuestren que el 70 % de sus ingresos laborales fueron retenidos o ingresados a cuenta y que desarrollen actividades de los sectores agrícola, forestal o ganadero.
Asimismo, los autónomos que lleven a cabo actividades profesionales y a quienes se les retenga, al menos, el 70 % de sus ingresos al presentar sus facturas (lo que se conoce como forma previa) tampoco tienen obligación. Ello está condicionado a que no se hayan dado nunca de alta en los modelos 036 y 037, que son declaraciones censales de alta, modificación y baja de empresarios.
Caso aparte son los profesionales que realicen actividades o presten servicios para otros empresarios, como pueden ser para consultorías, abogados… En estos casos puede ser que también estén exentos de presentar el modelo; no obstante, es mejor que consultes con un profesional si estás en esta situación.
Con respecto a los plazos de presentación del modelo 130, este es de frecuencia trimestral y dentro de unas fechas muy concretas.
– El primer trimestre comprende entre los días 1 y 20 de abril.
– El segundo, entre el 1 y el 20 de julio.
– El tercero va del 1 al 20 de octubre.
– El cuarto trimestre abarca del 1 al 30 de enero.
En cuanto a las vías para presentar el modelo, hay dos. Puedes hacerlo de forma telemática, accediendo a la web de la Agencia Tributaria, o presencial. Si optas por esta última opción, deberás ir a la oficina con el documento impreso, que podrás descargarte en PDF desde la web de la agencia.
En conclusión, el modelo 130 es una fórmula para tributar en el IRPF pensada, sobre todo, para profesionales y autónomos que reúnan ciertos requisitos. El fin es que estos trabajadores declaren su actividad económica de forma trimestral y paguen los impuestos correspondientes en ese mismo periodo de tiempo. En algunos casos no es obligatorio y en otros sí: por eso, es mejor que consultes en una asesoría cuál es tu caso y te sacarán de dudas.
imagen