Cómo contratar personal siendo una comunidad de propietarios

¿Te has preguntado cómo contratar personal siendo una comunidad de propietarios? En este artículo vamos a mostrarte la viabilidad de contratar a personal trabajador por parte de una comunidad de propietarios y el procedimiento. Aunque puede que en tu comunidad de vecinos contéis con la gestión de un administrador de fincas, puede que os hayáis planteado contratar personal para trabajar en vuestra comunidad y necesitéis conocer la viabilidad y el procedimiento.

A decir verdad, no es una acción demasiado común. Normalmente, el procedimiento más utilizado es la contratación de personal a través de empresas externas especializadas en tipos de servicios para comunidades. Eso sí, aunque tener a un trabajador contratado por la comunidad de vecinos sea un proceso más “engorroso”, es posible que sea una buena opción.

Si tras leer este artículo tienes alguna duda o necesitas un estudio personalizado no dudes en contactar con una asesoría laboral y fiscal online como la nuestra.

¿Puede una comunidad de vecinos contratar personal?

Sí, es totalmente legal y viable. Además, el contrato se puede adaptar a las diferentes necesidades de la comunidad de propietarios. Es posible contratar personal a tiempo completo, parcial, y durante un tiempo definido o indefinido. Una vez se estudien detalladamente cuáles serán sus competencias y las necesidades que se tienen en la comunidad, se puede adaptar dicha contratación. Puede que los servicios que ofrecen determinadas empresas no consigan adaptarse a las necesidades de la comunidad, o que se pretendan establecer determinadas preferencias o condiciones. En este sentido, la contratación directa de un trabajador suele ser la mejor opción.

contratar personal siendo una comunidad de propietarios

Pasos para contratar un trabajador por parte de una comunidad de propietarios

Si deciden contratar personal siendo una comunidad de propietarios, estas son las acciones requeridas para que el proceso sea exitoso:

1. La comunidad de propietarios debe presentar el modelo 036 en la Agencia Tributaria con el fin de dar de alta al trabajador.

2. Con el fin de controlar el cumplimiento de las obligaciones de la comunidad de vecinos con el futuro trabajador, es necesario darse de alta en la Seguridad Social, la cual le asignará a la comunidad un Código de Cuenta de Cotización. Para ello, se necesitan cumplimentar determinados modelos y que lleven la firma del presidente de la comunidad. Esto exigirá estar inscrito en el Sistema RED de la misma Seguridad Social.

3. Se debe dar de alta al trabajador con sus respectivos trámites, y una vez realizado esto, firmar el contrato de trabajo.

Por parte de la comunidad, será necesario establecer un plan de riesgos laborales (se puede encargar este documento a una empresa), e inscribirse en la Agencia Española de Protección de Datos.

Ventajas de contratar a una empresa

Contratar a una empresa de servicios en vez de a un trabajador para la comunidad de vecinos tiene sus ventajas. Por ejemplo, una empresa siempre contará con profesionales en su plantilla y se encargará de cumplir con lo establecido en el contrato con la comunidad. Esto es importante a la hora de ofrecer realizar sustituciones de personal por bajas o vacaciones. Siempre tendrás el servicio cubierto. Además de ello, este tipo de empresas pueden aportar todo tipo de trabajadores si es necesario: jardineros, limpiadores, etc., e incluso puede que disponga de servicio de albañilería o mantenimiento. Sin duda, un servicio versátil y adaptable.

Ventajas de contratar a personal siendo una comunidad de propietarios

Como contrapunto a una empresa externa, puede que interese contratar a un profesional por parte de la comunidad debido a que se tenga una mayor confianza con el trabajador. Además de ello, puede que haya trabajado previamente en la comunidad, o bien que incluso salga más rentable a niveles económicos que una empresa externa. En todo caso, este empleado puede desenvolverse bien en múltiples tareas y contar de forma puntual con otras empresas y trabajadores externos, en el caso de que fuese necesario.

Como puedes ver, todo es cuestión de analizar la situación y echar las cuentas. También, como hemos destacado, está el factor de la confianza, algo intangible a tener en cuenta.

Si en tu comunidad de propietarios se toma la decisión de contratar personal y necesitáis ayuda no dudéis en contactar con una gestoría online como la nuestra. Puedes consultarnos sin compromiso y te atenderemos de forma personalizada.

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