Contratar a hijos para tu empresa

En muchas ocasiones, personas que dirigen un negocio deciden contratar a sus propios hijos en su empresa, en lugar de contratar a cualquier otro trabajador. Puede darse este caso por varios motivos, que van desde la competencia y valía para el puesto hasta el pensar que puede salir más barato económicamente. Sea cual sea la circunstancia, podemos decirte que sí, que es un procedimiento legal y válido. Pero no te vayas aún, porque en este artículo vamos a explicarte cómo se debe hacer, las ventajas que tiene, si existen bonificaciones y muchas otras preguntas frecuentes que nos realizan nuestros clientes.

Si tras leer este artículo sigues teniendo alguna duda o piensas que necesitas un asesoramiento personalizado o delegar los trámites fiscales o laborales de tu empresa, no dudes en contactar con una gestoría online como la nuestra. La mejor forma de estar al tanto de todas las novedades y subvenciones, así como no cometer errores con la Administración es delegando estos asuntos en manos de profesionales.

Matices al contratar a tus hijos en tu empresa

Como hemos dicho, no hay problema en contratar a tus hijos como empleados de tu empresa. Eso sí, existen determinados matices a contemplar a la hora de que se contemple la prestación por desempleo. Si tiene menos de 30 años pero no convive en el mismo domicilio que los padres sí que puede cotizar por desempleo, de lo contrario, no podrá hacerlo. En caso de que supere los 30 años y siga trabajando en tu empresa, es posible cotizar por desempleo, siempre y cuando ambos presenten en la Seguridad Social una declaración en la que se demuestre que el hijo trabaja por cuenta ajena. Es decir, establecer una cierta “desvinculación familiar” de cara a la Administración.

En definitiva, el punto de inflexión está en la edad y la dependencia domiciliaria. En caso de superar esos 30 años de edad también se puede contratar si tiene alguna discapacidad física, sensorial o mental de más de un 33%. Fuera de esta situación de discapacidad, sigue siendo posible contratar a tus hijos de más de 30 años para trabajar en tu empresa, pero tendrás que tener cuidado con la Seguridad Social. Para evitar problemas en alguna inspección, debes dejar claro desde un primer momento que tus hijos no dependen de ti y que están trabajando por cuenta ajena.

La ventaja fiscal de contratar a tus hijos en tu empresa

La principal ventaja a nivel fiscal es la bonificación total en la cuota empresarial por contingencias comunes durante el primer año. La letra pequeña: debe estar previamente en situación legal de desempleo y tampoco debes haber despedido de forma improcedente a algún trabajador durante el año anterior a la nueva contratación.

Una buena opción a contemplar

¿Quieres un consejo? Te recomendamos el artículo que escribimos sobre el autónomo colaborador. Tus hijos pueden darse de alta como autónomos asociados a tu empresa y tener algunas bonificaciones por ello. Es la mejor forma de gestionar esta situación. Además, si es la primera vez que se hace autónomo, las bonificaciones son de un 50% de la cuota de autónomo durante el primer año y medio desde el alta y el 25% hasta los dos años.

Lo que no debes hacer en ningún caso es tener trabajadores sin contrato en la empresa, aunque sean miembros de tu familia. Cualquier trabajo que realice una persona para la empresa debe constar para la Seguridad social. Las sanciones en caso de ser descubierto son cuantiosas. Lo mejor que puedes hacer en caso de que no quieras meter a tus hijos dentro de la plantilla es que se hagan autónomos colaboradores, tal y como hemos comentado.

Esperamos que te haya servido este artículo para entender las formas que hay de contratar a tus hijos para tu empresa. Como puedes comprobar, todo tiene sus matices y depende de las circunstancias concretas de cada caso. De todos modos, lo mejor que puedes hacer para no cometer errores, ajustarte a la legalidad y conocer todas las opciones de viabilidad es contactando con una asesoría online.

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