Conciliación familiar y autónomos en 2023

La conciliación familiar es un aspecto fundamental en la vida de una persona, y a veces es algo que parece impensable para los autónomos. Si eres emprendedor sabrás que hay que hacer malabares para poder desatender tu trabajo en ciertos momentos del día, semana o mes. Por ello, en este artículo hablaremos sobre la bonificación en la cuota de autónomo por conciliación familiar, profundizando en los requisitos necesarios para acceder a ella, cómo se calcula y qué sucede en caso de incumplimiento.

Si tras leer este artículo tienes alguna duda o necesitas ayuda con la tramitación de esta o alguna otra subvención puedes contactar con una asesoría online como la nuestra. La mejor forma de evitar errores con la Administración y tener la mejor información sobre las diferentes bonificaciones existentes es contando con el trabajo de profesionales en el sector.

¿Conciliación familiar y autónomos?

Sí, existen ayudas para los trabajadores por cuenta pensadas para fomentar la conciliación laboral. En este caso, se trata de una bonificación compatible con otras ayudas. Obviamente, no puede ser una ayuda en forma de tiempo, debido a que cada emprendedor tiene un negocio diferente, pero sí es un apoyo económico para poder contratar a una persona que ocupe su lugar durante unos meses. La bonificación comprende la exención del pago de la cuota de autónomos durante 12 meses en el caso de que se contrate a una persona a jornada completa. En caso de ser un contrato a jornada parcial, la bonificación se reducirá a la mitad.

Requisitos para acceder a la bonificación

Si te interesa la opción, debes conocer que existen determinados requisitos a cumplir. En primer lugar, debes estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y estar al corriente de tus obligaciones con la Administración. Además, debes tener hijos menores de 12 años o familiares a tu cargo con discapacidad reconocida. En caso de ser menores o familiares a cargo, el grado de consanguinidad debe ser hasta de segundo grado. Dichas personas no pueden estar trabajando.

En segundo lugar destacamos lo relativo a la contratación del trabajador. Debes tenerlo contratado todos los meses que recibas la bonificación, con un mínimo de 3 meses previos a la concesión de la misma. Como decimos, esta contratación puede ser a tiempo completo o parcial, pero nunca inferior.

Por último, recordarte que tras el vencimiento de esta bonificación, debes seguir estando de alta en la Seguridad Social al menos 6 meses.

En caso de que te concedan la bonificación y no cumplas con estas condiciones, tendrás que devolver el dinero de forma íntegra, con los trámites y gestiones pertinentes.

En cuanto a la relación con el trabajador contratado, debemos decirte que el despido disciplinario o aquellas situaciones que impliquen la extinción del contrato. Por causas mayores no se contemplan como motivo de incumplimiento.

En el caso de que decidas no seguir contando con el trabajador contratado tras la subvención tienes 30 días para contratar a otro con el fin de cumplir el periodo de tres meses posteriores. Si no procedes de esta forma, tendrás que devolver el dinero recibido.

Cómo calcular la cuantía de la bonificación

Si superas el año trabajado, la bonificación se calcula aplicando el tipo de cotización para contingencias comunes establecido en el RETA, a la base media de cotización del trabajador en los últimos 12 meses. Debes excluir del cálculo el tiempo que hayas podido estar en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes.

Si llevas menos de 12 meses como autónomo, debes calcular la base media de cotización desde la última fecha de alta. Primero debes sumar todas las bases de cotización desde el periodo indicado y dividirlo entre todos los días que lleves dado de alta. Posteriormente lo multiplicas por 30 y ahí tienes la cuantía que te corresponde.

Es fundamental mantenerse informado y cumplir con los requisitos establecidos para evitar cualquier tipo de repercusión negativa. También te recomendamos mirar nuestra sección de ayudas para autónomos por si te interesa alguna.

Si necesitas ayuda con tus temas fiscales y laborales no dudes en contactar con nosotros. En Tu Asesoría en la Nube somos una gestoría online con más de una década de experiencia en el sector. Llámanos al 955 38 72 07 o escribirnos a info@tuasesoriaenlanube.es.

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