Baja por regla dolorosa: todo lo que debes saber

La menstruación afecta de forma diferente a cada mujer. Sus síntomas pueden llegar a ser muy molestos, llegando a afectar al rendimiento laboral. Por esta razón, el Gobierno ha aprobado la baja laboral por regla dolorosa, una medida que busca proteger la salud y el bienestar de las trabajadoras. En este artículo te informaremos sobre qué es la baja por regla dolorosa y qué efectos tendrá en empresas y emprendedores, respondiendo a algunas preguntas que puedan surgir con respecto a este tema.

Para los empresarios es importante entender esta nueva medida, ya que pueden tener problemas legales, tanto si preguntan en entrevistas de trabajo si la mujer padece reglas dolorosas como si la despiden mientras se encuentre acogida a esta medida. Para las emprendedoras es recomendable valorar bien la situación con respecto a las trabajadoras asalariadas.

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Cómo puede afectar la menstruación al rendimiento laboral

Como hemos comentado, hay mujeres que sufren menstruaciones muy dolorosas, a la que se denomina dismenorrea. Según el caso puede darse los días previos al periodo o durante la menstruación. En algunos casos puede causar no solo dolor abdominal y sangrado abundante, sino también dolores de espalda, cabeza, e incluso problemas estomacales y vómitos. Además, existen determinados factores que pueden indicar que la regla es dolorosa, como puede ser la endometriosis o el síndrome de ovarios poliquísticos. Sin duda, un dolor que a veces se convierte en casi insoportable y que deriva en una situación en la que se hace muy complicado ir a trabajar y rendir como de costumbre. Esto nunca antes se había contemplado como motivo de baja.

El Gobierno se ha adelantado a otros países europeos al contemplar la baja por regla dolorosa, una medida que ya se da en algunas partes del mundo. La idea es simple: si la menstruación de una mujer le resulta incapacitante debe poder solicitar una baja. Esta baja no lleva implícito el padecer una patología diagnosticada, eso sí, las mujeres deben pedirla a su médico, de cara a que este valore la situación.

Qué tiene de especial la baja por regla dolorosa

La diferencia principal de este tipo de baja con respecto a la baja por contingencias comunes es que la Seguridad Social se hace cargo de la financiación desde el primer momento. Se trata de bajas de corto periodo de tiempo, algo que no casa con las bajas por contingencias comunes, donde el trabajador no cobra los tres primeros días tras su solicitud. Y eso es exactamente el máximo que se puede solicitar, tres días por regla dolorosa, pese a que cada mes pueda ser diferente en las mujeres, es el plazo delimitado por la ley.

Otra ventaja es que no exigen un periodo mínimo de cotización con respecto a la baja por contingencias comunes, que exige haber trabajado al menos 180 días en los últimos 5 años.

¿Existen diferencias entre mujeres asalariadas y autónomas?

Llega la pregunta del millón: ¿las mujeres autónomas tienen la misma prestación? De momento podríamos decir que no, pero de igual forma que también existen diferencias entre personas autónomas y asalariadas, cuyos porcentajes de baja son diferentes.

Además, la cotización entre las mujeres autónomas y las asalariadas se calcularán de diferente forma. Aunque el Estado se hiciera responsable de indemnizar los días de baja, será obligatorio pagar la cuota de la Seguridad Social. Queda mucho por pulir de momento en este sentido, ya que la situación es desigual.

Un primer paso necesario para muchas mujeres

Sin duda esta medida es un gran primer paso para reconocer un problema existente para muchas mujeres trabajadoras en España. Queda mucho camino por andar y corregir en este sentido para conseguir unos buenos e igualitarios resultados. Dentro de pocos meses se podrán extraer conclusiones y ver si realmente ha causado efecto deseado.

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