A quién se aplica el método de estimación directa simplificada. Es de aplicación a los empresarios y profesionales cuando concurran las siguientes circunstancias:
- Que sus actividades no estén acogidas al régimen de estimación objetiva.
- Que, en el año anterior, el importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de actividades desarrolladas por el contribuyente no supere los 600.000 euros. Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado la actividad. El importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.
- Que no se haya renunciado a su aplicación.
- Que ninguna actividad que ejerza el contribuyente se encuentre en la modalidad normal del régimen de estimación directa.
Cálculo del rendimiento neto
El rendimiento neto se calculará conforme las normas del Impuesto sobre Sociedades. (ingresos menos gastos). Siguiendo el esquema expuesto en el apartado de estimación directa normal. Con las siguientes particularidades:
- Las amortizaciones del inmovilizado material se practican de forma lineal. En función de la tabla de amortización simplificada. Especial para esta modalidad.
- Las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación. Se cuantifican exclusivamente aplicando un 5 por 100 del rendimiento neto positivo, excluido este concepto. No obstante, no se aplicarán cuando el contribuyente opte por aplicar la reducción por el ejercicio de actividades económicas.
- El rendimiento será reducido en caso de irregularidad. Y si se cumplen los requisitos previstos será minorado por la reducción prevista en el ejercicio de determinadas actividades económicas.
- Obligaciones contables y registrales
- Actividades empresariales: deben llevarse libros registro de ventas e ingresos, de compras y gastos y el de bienes de inversión.
Actividades profesionales: además de los libros mencionados en el apartado anterior, se llevará el libro registro de provisión de fondos y suplidos.